Los vehículos particulares (carro y moto) deberán quedarse guardados el próximo martes 24 de abril, entre las 7:00 a. m. y las 7:00 p. m., a menos de que sean eléctricos, a gas natural o estén siendo compartidos por varios ocupantes.
Así lo confirmó este martes el secretario de Humberto Iglesias Gómez, Secretario de Movilidad, quien explicó que la medida se realizará como conmemoración del Día de la Tierra.
Durante ese día no funcionará el tradicional Pico y Placa de movilidad.
Al trabajo en bicicletas y patines
242 funcionarios del Inder estarán en la ciudad acompañando a los ciudadanos que decidieron hacer uso de este tipo de transporte. El director de esta entidad, Daniel Palacios explicó que se pondrán a disposición tres “rutas seguras” para hacer los desplazamientos:
– Calle San Juan, desde la carrera 79 a la carrera 65.
– Calle Colombia, desde la carrera 80, hasta carrera 65.
– Autopista Sur, desde el puente de Barranquilla, hasta el puente de la Aguacatala.
Estas vías contarán con personal de la Secretaría de Movilidad de Medellín y gestores de las ciclovías o Vías Saludables.
Unidos por el medio ambiente
La celebración del Día de la Tierra hace parte de un acuerdo municipal y se realiza año tras año, gracias a la mejora en las estaciones de medición de la calidad del aire.
Por esto, se hace un llamado a las empresas de Medellín a promover el transporte público o sostenible en los diferentes medios de comunicación internos, flexibilizar las horas de ingreso y salida de los empleados para facilitar la movilidad y permitir, cuando sea posible, el teletrabajo.
Vehículos con excepciones para la jornada.
– Carros particulares en los que se transporten tres o más personas, de acuerdo con la capacidad autorizada para cada modelo.
– Motocicletas en las que se transporten dos personas.
– Vehículos de emergencia y los requeridos para la atención de siniestros, siempre que se encuentren demarcados y con identificación permanente.
– Vehículos particulares y oficiales que usen gas natural vehicular o energía eléctrica, siempre y cuando estén debidamente acreditados.
– Vehículos de transporte público.
– Vehículos de transporte especial debidamente acreditados ante la autoridad competente, demarcados con identificación permanente.
– Motocicletas que presten servicio de asistencia jurídica por parte de aseguradoras legalmente establecidas, de domicilios, de mensajería o que transporten mercancía, y que acrediten la pertenencia a una empresa certificada, cuyos conductores se encuentren identificados.
Fuentes: elcolombiano.com / publimetro.co